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Artículo 12 transitorio de la Ley 19.664

Establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la ley nº 15.076

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 155848 / 8493275.

Texto oficial

Artículo 12.- Con el objeto de asegurar el seguimiento de la aplicación de la carrera funcionaria, el Ministerio de Salud efectuará, durante el curso del tercer, quinto, séptimo y décimo año de entrada en vigencia de la ley, una evaluación del desarrollo de la Etapa de Planta Superior a fin que el flujo de la carrera de los titulares sea íntegramente cautelado.