Texto oficial
"Primero.- Introdúcense en el artículo que se señala del Código Orgánico de Tribunales, las siguientes modificaciones:
"Artículo 198.- En el inciso final, reemplazado por el decreto ley N° 1.417, se sustituyen los guarismos "$ 638" y "$ 476", por "$ 806" y "$ 602", respectivamente.