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Artículo PRIMERO de Auto Acordado S/N

Autoacordado que reajusta la cuantia de asuntos no determinada en sueldos vitales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 156172 / 7261701.

Texto oficial

"Primero.- Introdúcense en el artículo que se señala del Código Orgánico de Tribunales, las siguientes modificaciones: "Artículo 198.- En el inciso final, reemplazado por el decreto ley N° 1.417, se sustituyen los guarismos "$ 638" y "$ 476", por "$ 806" y "$ 602", respectivamente.