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Artículo 4 del Decreto 824

Reglamenta procedimiento para acogerse a beneficios del articulo 27° del d.f.l. n° 341, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 15798 / 5922774.

Texto oficial

Artículo 4°.- Recibida la solicitud y los antecedentes a que se refiere el artículo anterior, Zona Franca de Iquique S.A. enviará dichos documentos al Intendente de Primera Región y una copia de ellos al Secretario Regional Ministerial de Hacienda de la I Región, a fin de que éste emita el informe señalado en el inciso segundo del artículo 27 del DFL. de Hacienda N° 341, de 1977, copia del cual deberá remitir a Zona Franca de Iquique S.A.