Texto oficial
Artículo 12.- Introdúcese las siguientes
modificaciones en la ley Nº 18.120, que establece normas
sobre comparecencia en juicio: ''Artículo 2º Agrégase, en
su inciso sexto, a continuación de la expresión
''secretario del tribunal'', la siguiente frase: ''o el jefe
de la unidad administrativa que tenga a su cargo la
administración de causas en el caso de los juzgados de
garantía y de los tribunales de juicio oral en lo penal''.
Agrégase, en su inciso octavo, a continuación de la
palabra ''secretario'' la siguiente frase: ''o el jefe de la
unidad administrativa a cargo de la administración de
causas''. Artículo 4º Intercálase, entre las palabras
''secretario'' y ''autorizará'', la siguiente frase, entre
comas (,): ''o jefe de la unidad administrativa a cargo de
la administración de causas de un juzgado de garantía o
tribunal de juicio oral en lo penal''.''.