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Artículo 1 de Resolución 316 EXENTA

Fija norma tecnica relativa a la prestacion del servicio publico telefonico, prestado a discapacitados, a traves de telefonos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 161161 / 8643029.

Texto oficial

Artículo 1º.- Todos los habitantes de la República tienen derecho a acceder a las telecomunicaciones en condiciones igualitarias y razonables, con independencia de las limitaciones físicas, auditivas o visuales que les afecten.