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Artículo 12 de Resolución 316 EXENTA

Fija norma tecnica relativa a la prestacion del servicio publico telefonico, prestado a discapacitados, a traves de telefonos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 161161 / 8643042.

Texto oficial

Artículo 12º.- Los teléfonos públicos instalados para el uso por parte de discapacitados, deberán cumplir con las normas técnicas y de homologación que les sean aplicables. Además, deberán estar señalizados acorde a las normas de codificación internacionales y de manera claramente visible, en cuanto a la circunstancia de tratarse un equipo o terminal de esta naturaleza.