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Artículo 16 de Resolución 316 EXENTA

Fija norma tecnica relativa a la prestacion del servicio publico telefonico, prestado a discapacitados, a traves de telefonos publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 161161 / 8643047.

Texto oficial

Artículo 16º.- Toda persona o sistema informático vinculado a un Centro de Intermediación deberá garantizar la más estricta reserva sobre la identidad de las personas que se comunican y del contenido de la información que emitan o reciban.