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Artículo 22 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031748.

Texto oficial

Artículo 22°. Las nóminas de deudores morosos presentadas por las Tesorerías Comunales o Provinciales o por el Departamento, en su caso, tendrán mérito ejecutivo para todos los efectos legales, conforme a lo dispuesto en la ley 12.444, publicada en el "Diario Oficial" con fecha 4 de marzo de 1957.