Saltar al contenido

Artículo 64 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031791.

Texto oficial

Artículo 64°. Los obreros que trabajan en fábricas elaboradoras de fideos del país quedan regidos por el decreto 400, de fecha 1° de junio de 1957, de este Ministerio, publicado en el "Diario Oficial" de fecha 18 de julio de 1957. Las referenciias contenidas en dicho decreto al decreto 931, de 25 de octubre de 1946, deben entenderse hechas al presente decreto reglamentario.