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Artículo 1 del Decreto 930

Crea el instituto nacional de hidraulica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16266 / 5924587.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase el Instituto Nacional de Hidráulica, como Corporación Autónoma con personalidad jurídica de derecho público, con patrimonio propio, y con plena capacidad para adquirir y ejercer derechos y contraer obligaciones.