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Artículo 4 del Decreto 939

Reglamenta el sistema de reintegro de la totalidad de los gravamenes aduaneros que se paguen por la importacion de ayudas tecnicas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16305 / 5924908.

Texto oficial

Artículo 4°.- En el evento que el destinatario opte por pagar el total de los gravámenes reintegrados de acuerdo a lo establecido en el artículo 44° de la Ley N° 19.284, el valor correspondiente deberá ser reajustado conforme al procedimiento establecido en el inciso primero del artículo único del Decreto Ley N° 1.032 de 1975, modificado por la letra a) del artículo único del Decreto Ley N° 1.839, de 1977.