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Artículo 4 del Decreto 955

Reglamento sobre realizacion de rifas, sorteos y colectas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16358 / 8266194.

Texto oficial

Artículo 4°- El incumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento para la realización de una rifa, sorteo o colecta, será causal suficiente para denegar, a la persona jurídica infractora, en el futuro, otra autorización similar, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que pudiere incurrir.