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Artículo 1 de la Ley 4.504

Ley 4.504

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 164621 · idParte: 8907020

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Santiago, para conceder al Cuerpo de Bomberos de esta capital, por el plazo de treinta años y a título gratuito, el usufructo del predio de su propiedad ubicada en la calle Compañía esquina de Maturana y actualmente destinado al Cuartel de la Novena Compañía de la expresada institución, bajo las condiciones señaladas en el acuerdo de dicha corporación de fecha 13 de Enero de 1928, por el cual se concedió al Cuerpo de Bomberos el uso y goce gratuito de la mencionada propiedad, por el plazo de diez años.