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Artículo 1 de la Ley 4.339

Ley 4.339

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165087 / 9079716.

Texto oficial

Del objeto de la ley "Artículo 1.o Los trabajos relacionados con la ejecución, renovación, conservación, reparación y vigilancia de los pavimentos de las calzadas y aceras de las calles de las comunas de Ñuñoa, Providencia, San Miguel y Yungay, del departamento de Santiago, se sujetarán a las normas que se establecen en la presente ley. Bajo la denominación de calle se comprende también en la presente ley a las avenidas.