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Artículo 88 de la Ley 4.339

Ley 4.339

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165087 / 9079803.

Texto oficial

Art. 88. Derógase la frase final del artículo 3.o de la ley N.o 4,148, de 26 de Julio de 1927. Pagados totalmente los trabajos a que esa ley se refiere, y la pavimentación de la Avenida Providencia, desde la Plaza de Los Leones hasta el Canal de San Carlos, los fondos sobrantes pasarán a incrementar los que señala el artículo 16 de la presente ley, pertenecientes a la Comuna de Providencia.