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Artículo 91 de la Ley 4.339

Ley 4.339

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165087 / 9079806.

Texto oficial

De la vigencia de la presente ley Art. 91. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, pero sus disposiciones relativas a aumentos o modificaciones de las contribuciones basadas en el avalúo de la propiedad raíz, entrarán en vigencia el 1.o de Julio de 1928.