Saltar al contenido

Artículo 16 de Caja de Colonización Agraria

Caja de Colonización Agraria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165090 / 7267406.

Texto oficial

Art. 16. Se declaran de utilidad pública, con las limitaciones indicadas en los artículos anteriores, los terrenos que fueren indispensables para formar y completar las colonias a que se refiere la presente ley.