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Artículo 1 del Decreto 191

Otorga asignacion decreto ley nº 2.411, de 1978, a servicios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165129 / 9002750.

Texto oficial

Artículo 1º.- Los funcionarios de las Empresas a que se refiere el artículo 2º del decreto ley Nº 249, de 1973, y de las Instituciones señaladas en el artículo 5º del decreto ley Nº 2.411, de 1978, cuyos cargos no están identificados en los escalafones y niveles establecidos en el decreto con fuerza de ley Nº 90, de 1977, del Ministerio de Hacienda, tendrán derecho a percibir las asignaciones que establece el decreto ley Nº 2.411, de 1978, en los términos y condiciones que se señalan en los artículos siguientes, a partir del 1º de Enero de 1979.