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Artículo 2 de la Ley 17.894

Concede pension, por gracia, a doña norma gonzalez m., a sus hijos menores; a doña elba almonacid y a sus hermanos menores en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 166532 / 9051764.

Texto oficial

Artículo 2.- Otórgase a cada uno de los hijos menores, habidos durante el matrimonio de don Juan de la Cruz Rivas y de doña Norma González Méndez, una pensión, por gracia, equivalente a un cuarto de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, hasta que cumplan 18 años de edad o 23 si siguieren estudios que les habiliten para obtener un título profesional.