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Artículo 3 de la Ley 17.894

Concede pension, por gracia, a doña norma gonzalez m., a sus hijos menores; a doña elba almonacid y a sus hermanos menores en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 166532 / 9051765.

Texto oficial

Artículo 3.- Concédese, por gracia, una pensión de tres cuartos de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, a cada uno de los hijos de Roberto Almonacid, hasta que cumplan 18 años de edad o 23, si siguieran estudios que les habiliten para obtener un título profesional. La limitación de edad no regirá para Elba Almonacid, en tanto esté al cuidado de sus hermanos menores y se desempeñe como jefe del hogar familiar.