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Artículo 2 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16705 / 8266456.

Texto oficial

Artículo 2º.- La dirección superior, técnica y administrativa del Instituto corresponde al Director Nacional de Estadísticas, quien para todos los efectos legales tendrá la calidad de Jefe Superior del Servicio. Le corresponden las atribuciones, funciones y deberes establecidos en el DFL. 313, de 1960 y sus modificaciones y las que determine el presente Reglamento.