Texto oficial
Artículo 2º.- La dirección superior, técnica y
administrativa del Instituto corresponde al Director
Nacional de Estadísticas, quien para todos los efectos
legales tendrá la calidad de Jefe Superior del Servicio.
Le corresponden las atribuciones, funciones y deberes
establecidos en el DFL. 313, de 1960 y sus modificaciones y
las que determine el presente Reglamento.