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Artículo 27 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 16705 · idParte: 8266484

Texto oficial

Artículo 27º.- La provisión de los empleos por concurso, cuando éste sea procedente, se hará con arreglo a las siguientes normas: a) El llamado a concurso deberá hacerse mediante avisos publicados en el Diario Oficial de los días 1º ó 15 del mes en que corresponda realizar el concurso y en el o los diarios que se estime conveniente. b) Entre la publicación del Diario Oficial y el concurso no podrá mediar un plazo inferior a 8 días. c) Del llamado a concurso y de su realización se encargará una comisión especialmente designada al efecto por el Director, de la cual, en todo caso, formará parte el Subdirector Administrativo, que la presidirá.