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Artículo 26 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 16705 · idParte: 8266483

Texto oficial

Artículo 26º.- Sin perjuicio de las normas sobre ascensos y permutas, la provisión de los cargos a que se refiere la letra b) del artículo anterior se hará por el Presidente de la República, a propuesta del Director, previo concurso de antecedentes y oposición.