Texto oficial
Artículo 63º.- Si en alguno de los factores el
empleado tuviere nota uno, se considerará automáticamente
en lista D, cualquiera que sea su puntaje, y si tuviere dos
notas uno, en lista E.
Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16705 / 8266529.