Texto oficial
Artículo 76º.- Desde la fecha en que deben comenzar a
regir los escalafones, los empleados tendrán un plazo de
quince días para reclamar de su ubicación ante la
Contraloría, la que deberá resolver, en otro plazo igual,
con audiencia del Servicio, comunicándolo al interesado y
al Servicio, haciendo, desde luego, las enmiendas
procedentes.