Texto oficial
Artículo 94º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en la
ley Nº 17.334, para ingresar a la Planta Directiva y
Profesional se requerirá poseer un título profesional
otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por
éste o el de Contador Auditor.
Para desempeñar el cargo de Contralor se deberá estar
en posesión del Título de Ingeniero Comercial.