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Artículo 1 del Decreto 1082

Aprueba el reglamento orgánico para la aplicacion de la ley n° 6,174, de 31 de enero de 1938

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16761 / 7154597.

Texto oficial

Artículo 1° El presente Reglamento se aplicará a todas las Cajas de Previsión a que se refiere el artículo 1° de la ley 6.174, al Servicio Nacional de Salud, al Servicio de Seguro Social, al Servicio Médico Nacional de Empleados, en lo que fuere compatible a los Servicios del Ejército, Armada y Aviación, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 6.501, a la Caja Bancaria de Pensiones y a las instituciones de previsión que se creen en el futuro.