Texto oficial
Artículo 88° Las prestaciones de Medicina Preventiva
otorgadas por el Servicio Nacional de Salud de acuerdo con
la ley 10.383 se financiarán en conformidad con lo
dispuesto en dicha ley.
Aprueba el reglamento orgánico para la aplicacion de la ley n° 6,174, de 31 de enero de 1938
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16761 / 7154695.