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Artículo 75 del Decreto 594

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales basicas en los lugares de trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167766 / 8643167.

Texto oficial

Artículo 75: Niveles de presión sonora continua equivalentes, diferentes a 85 dB(A) lento, se permitirán siempre que el tiempo de exposición a ruido del trabajador no exceda los valores indicados en la siguiente tabla: NPSeq Tiempo de exposición por Día [dB (A)lento] Horas Minutos Segundos 80 24,00 81 20,16 82 16,00 83 12,70 84 10,08 85 8,00 86 6,35 87 5,04 88 4,00 89 3,17 90 2,52 91 2,00 92 1,59 93 1,26 94 1,00 95 47,40 96 37,80 97 30,00 98 23,80 99 18,90 100 15,00 101 11,90 102 9,40 103 7,50 104 5,90 105 4,70 106 3,75 107 2,97 108 2,36 109 1,88 110 1,49 111 1,18 112 56,40 113 44,64 114 35,43 115 29,12 Estos valores se entenderán para trabajadores expuestos sin protección auditiva personal.