Texto oficial
Artículo 77: En ningún caso se permitirá que
trabajadores carentes de protección auditiva personal
estén expuestos a niveles de presión sonora continuos
equivalentes superiores a 115 dB(A) lento, cualquiera sea el
tipo de trabajo.
Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales basicas en los lugares de trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167766 / 8643169.