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Artículo UNICO de la Ley 19.673 · Establece normas sobre asociaciones de funcionarios del congreso nacional

Establece normas sobre asociaciones de funcionarios del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167987 / 6273111.

Texto oficial

''Artículo único.- Intercálase en el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 19.296, entre los términos ''municipalidades,'' y ''el derecho'', la siguiente expresión: ''y del Congreso Nacional''.