Texto oficial
Artículo 6º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la Comisión determine.''.
Autoriza la construccion de monumentos en las ciudades de santiago, talca, valparaiso y villa alegre en memoria del cardenal arzobispo emerito de santiago monseñor raul silva henriquez
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