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Artículo 46 del Decreto 1101

Fija el texto definitivo del decreto con fuerza de ley n.o 2. del año 1959, sobre plan habitacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16842 / 8205280.

Texto oficial

Artículo 46. Suprímese la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión, creada por el decreto con fuerza de ley número 200, de 21 de Julio de 1953, modificado por las leyes 11,594 y 12,462. Derógase el referido decreto con fuerza de ley N.o 200, de 1953, sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 5.o transitorio de este decreto con fuerza de ley. La Corporación de la Vivienda será la sucesora legal de la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión en todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones que esta última tenga a la fecha de vigencia de este decreto con fuerza de ley. Corresponderá a la Corporación de la Vivienda ejercer la función que el artículo 36 de la ley N.o 12,462 confiere a la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión.