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Artículo 87 del Decreto 1101

Fija el texto definitivo del decreto con fuerza de ley n.o 2. del año 1959, sobre plan habitacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16842 / 8205324.

Texto oficial

Artículo 87. En las ventas de viviendas y sitios que efectúe la Corporación de la Vivienda en favor de personas naturales, los compradores estarán liberados de las obligaciones a que se refiere el artículo 2.o de la ley N.o 11.575, y el decreto supremo N.o 1,475, de 31 de Enero de 1959, publicado en el "Diario Oficial" de 24 de Febrero de 1959, y dictado en virtud de lo dispuesto en el inciso 2.o del artículo 38.o de la ley N.o 12,861.