Saltar al contenido

Artículo 88 del Decreto 1101

Fija el texto definitivo del decreto con fuerza de ley n.o 2. del año 1959, sobre plan habitacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16842 / 8205325.

Texto oficial

Artículo 88. Se faculta al Fisco para ceder gratuitamente a la Corporación de la Vivienda las viviendas construídas por él en terrenos de propiedad municipal o particular y se faculta a la Corporación de la Vivienda para comprar o expropiar los terrenos particulares en que estas viviendas se hayan construído, como también se autoriza a las Municipalidades para ceder gratuitamente a la Corporación de la Vivienda los terrenos de su propiedad en que se hayan construído aquéllas. Se autoriza asimismo al Fisco para vender, y a la Corporación de la Vivienda para comprar viviendas de propiedad de aquél, que a juicio de la Corporación sean apropiadas para ser transferidas a sus postulantes de viviendas.