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Artículo 3 TRANSITORIO del Decreto Con Fuerza de Ley 152

Crea el servicio de minas del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168460 / 9002788.

Texto oficial

Artículo tercero transitorio. Para el resto del año 1960, el Servicio dispondrá de todos los fondos que a la fecha de la publicación de este decreto con fuerza de ley, existan en los ítem correspondientes a la Superintendencia del Cobre y Salitre y al Departamento de Minas y Combustibles dentro del presupuesto de este año del Ministerio de Minería.