Texto oficial
Artículo 2º: Presidirá esta comisión el Gobernador de Isla de Pascua y actuará como Secretario Técnico el Jefe de la Oficina de Asuntos Indígenas de Isla de Pascua.
Aprueba reglamento de la comision de desarrollo de isla de pascua
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168557 / 7269748.