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Artículo 9 del Decreto 3

Aprueba reglamento de la comision de desarrollo de isla de pascua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168557 / 7269755.

Texto oficial

Artículo 9º: La Comisión podrá acordar, por mayoría absoluta de sus miembros, la conformación de subcomisiones de trabajo, las que durarán el tiempo acordado por la propia Comisión, tendrán las facultades que ésta le designe y deberán informar lo realizado cuando la Comisión así lo pida.