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Artículo 21 de la Ley 3.385

Ley 3.385

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169255 / 8919815.

Texto oficial

Art. 21. El jefe de Oficina será nombrado por el Presidente de la República a propuesta en terna del Director Jeneral. El nombramiento de cada uno de los demás empleados se hará por el Presidente de la República a propuesta unipersonal del Director Jeneral.