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Artículo 1 del Decreto Ley 812

Determina alcance de las normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169680 / 6278685.

Texto oficial

Artículo 1º.- Declárese que el artículo 21 del decreto ley 249, de 1973, publicado en el Diario Oficial de 5 de enero de 1974, no se aplica ni ha sido aplicable a los Juzgados de Policía Local.