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Artículo 1 del Decreto Ley 2858

Transfiere a titulo gratuito vivienda para la familia del oficial fallecido en acto de servicio que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171525 / 6284055.

Texto oficial

Artículo 1º.- La Caja de Previsión de la Defensa Nacional, con el acuerdo del Comando de Apoyo Administrativo del Ejército, deberá proceder a la adquisición de un bien raíz, el que deberá ser transferido a título gratuito, a doña Marjorie Agnes Johnson Céspedes, viuda del Teniente de Ejército, don Luis Francisco Carevic Cubillos. La propiedad deberá estar ubicada en la localidad que con anterioridad a su adquisición expresamente indique la donataria y sus características serán determinadas discrecionalmente por la institución previsional adquirente, con el acuerdo a que se refiere el inciso precedente, teniendo en consideración las congruas necesidades habitacionales de la beneficiaria y de su núcleo familiar. La donación estará exenta del trámite de insinuación y de todo impuesto o derecho.