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Artículo 3 TRANSITORIO del Decreto Ley 2851

Crea juzgado de letras en el departamento de los andes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171529 / 6284076.

Texto oficial

Artículo 3º transitorio.- El mayor gasto que demande la aplicación de este decreto ley, en el presente año, se imputará a la provisión de fondos para creación de tribunales, contenida en el Presupuesto de la Nación.