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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 105

Estatuto y planta del personal de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171952 / 8907041.

Texto oficial

Artículo 13°.- Los funcionarios destinados en una Misión en el exterior podrán ser trasladados a otra Misión por consideración de mejor servicio. En este caso gozarán de los mismos derechos establecidos para una destinación al exterior salvo que el traslado se efectúe a una Misión o Consulado ubicado en la misma ciudad.