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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 105

Estatuto y planta del personal de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171952 / 8907046.

Texto oficial

Artículo 18°.- En casos calificados, y por decreto supremo que deberá llevar las firmas del Ministro de Relaciones Exteriores y del Ministro de Hacienda, se podrá destinar al exterior a funcionarios del Escalafón Directivo, Profesional y Técnico de la Dirección General, aun cuando se exceda de la cifra indicada en el artículo 16. Estas destinaciones se financiarán en dólares con cargo a los ítem respectivos.