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Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 105

Estatuto y planta del personal de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171952 / 8907047.

Texto oficial

Artículo 19°.- El Director General, podrá, por resolución fundada, autorizar el otorgamiento de fondos de la Dirección General para gastos de representación y secretaría a los funcionarios de la Dirección General personas o delegaciones que sean destinadas o comisionadas al exterior. Las personas, funcionarios o delegaciones que hayan recibido fondos para gastos de representación o secretaría, en conformidad al inciso anterior, deberán rendir cuenta global o documentada, según corresponda ante la Dirección General.