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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 105

Estatuto y planta del personal de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171952 / 8907077.

Texto oficial

Artículo 44°.- Los funcionarios de la Dirección General no podrán permutar su cargo con otros de la Administración Civil del Estado.