Texto oficial
Artículo 53°.- El Personal de la Dirección General
que sea designado para una comisión en el exterior, tendrá
derecho a pasajes y a una asignación idéntica a la que
corresponda al funcionario del Escalafón del Servicio
Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, con cuyo
rango fuere comisionado. Mantendrá también el goce de su
remuneración en moneda nacional.