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Artículo 27 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155515.

Texto oficial

Artículo 27° Los Jefes de los distintos Departamentos podrán despachar, con sus solas firmas, toda documentación relacionada con valores hasta de veinte mil pesos ($ 20.000), con excepción de los que se imputan a: "Capital", "Gastos Complementarios" y "Por cobrar", que sólo podrán ser autorizados por el Director.