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Artículo 52 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155540.

Texto oficial

Artículo 52° Los plazos para presentación a propuestas se contarán desde el día en que aparezca el primer aviso y hasta el fijado para la apertura de aquéllas. Corresponderán a días corridos, incluyéndose por consiguiente los domingos, festivos y feriados. Se fija como plazos mínimos los siguientes: a) Adquisición de artículos en el país: quince días. b) Adquisición de artículos que deben venir del extranjero: 30 días cuando no se exijan muestras de los artículos por adquirir. 60 días cuando se exijan muestras de los artículos por adquirir. No obstante lo anterior, estos plazos podrán ser reducidos, a pedido del Director, por resolución del Consejo.