Texto oficial
Artículo 111° Confección de diseños y
especificaciones. Se confeccionarán diseños, cuando
proceda, correspondientes especialmente a los materiales de
existencia permanente en los Almacenes de la Dirección o de
consumo habitual de los Servicios Públicos.
Estos diseños tendrán dimensiones y modalidades
comunes y llevarán una fotografía reducida del material
correspondiente. Serán firmados por el Jefe del
Departamento y aprobados por el Director.
Se archivarán, por orden numérico, con las
especificaciones correspondientes, en carpetas adecuadas. El
Jefe del Departamento remitirá ejemplares de éstos al
Director y a los Jefes de los Departamentos de Adquisiciones
y Almacenes.